miércoles, 28 de enero de 2009

El consumidor y usuario ahora puede

Resarcimiento económico para consumidores y usuarios del Chubut
Ahora se podrá cobrar más de 5.000 pesos por daño directo

Unos de los beneficios que tienen los consumidores y usuarios del Chubut al momento de sancionada la Ley provincial Nº 5.830 de adhesión a la reforma de la ley Nacional Nº 24.240 de defensa del consumidor, es que la provincia del Chubut puede imponer a una empresa o firma comercial un resarcimiento económico a favor del consumidor en un monto no mayor a 5.400 pesos aproximadamente.

Este resarcimiento que equivale a cinco canastas básicas, según las mediciones del INDEC, se imputa cuando las empresas o firmas comerciales incurren en la violación del contrato que se establece en la relación de consumo entre el proveedor del producto y el consumidor o usuario del mismo.
Estos daños y perjuicios ocasionados por la mala práctica comercial le brindan la posibilidad al ciudadano perjudicado de exigir una, “indemnización por daño directo”.

Desde la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut se observa como un avance más hacia la defensa del ciudadano. “Es una unidad de acción entre el poder ejecutivo y el poder legislativo del Chubut en defensa del bolsillo del habitante de la provincia, como de aquellos que ocasionalmente vengan a visitar sus maravillas turísticas”, señaló Gustavo Monesterolo, director general de dicha cartera provincial (ver foto).


Breves conceptos

Antes, cuando una persona compraba un producto o contrataba un servicio y la empresa o firma comercial incurría en sus formas en una violación del contrato establecidas por la relación de consumo, podía iniciar un reclamo ante la oficina de Defensa del Consumidor. El organismo llamaba a una o más audiencias de conciliación para lograr un acuerdo entre las partes, y si no se llegaba a un acuerdo se le aplicaba una multa a la empresa.

Dicha sanción quedaba en poder de la provincia y el consumidor no obtenía nada de dicha operación. Si pretendía un resarcimiento por daños y perjuicios debía iniciar un juicio en lo civil y comercial. Tramite pesado, largo y que no siempre se justificaba, si el monto requerido por parte del damnificado resultaba bajo.

Con la sanción de la ley provincial el ciudadano puede pedir un resarcimiento económico no mayor al equivalente a cinco canastas básicas, y se aplicará dentro de la esfera de la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut. Si el resarcimiento superara dicho valor, entonces sí, habrá que recurrir por vía judicial.

Cómo es el trámite

El ciudadano que se sienta perjudicado deberá dirigirse a cualquier oficina de Defensa del Consumidor y presentar una nota con los datos personales, el nombre y apellido o denominación social y domicilio del denunciado, y un relato escrito sobre el cómo se produjo el daño o perjuicio.

Luego, adjuntar boletas u otros documentos de la compra o contratación que se denuncia y especificar que se pide el resarcimiento por daño directo, el monto reclamado y la justificación, con las pruebas que se tengan a mano, por ejemplo: el ticket de las fotocopias o las Cartas Documento que se hayan usado.

Finalmente, la oficina de Defensa del Consumidor abrirá un expediente y llamará a audiencias de conciliación. Si esta no resuelve la conciliación, el trámite pasará a la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios provincial quien, en última instancia, definirá si corresponde o no aplicar la indemnización y el monto de la misma.

Adhesión del Chubut a la reforma de la ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor

Chubut adhirió a la reforma de la ley nacional de Defensa del Consumidor

La sanción por parte de la legislatura chubutense de la Ley Provincial Nº 5.830 establece la adhesión de la provincia patagónica a la reforma de la Ley Nacional Nº 24.240 de defensa del consumidor.


Esta Ley fue promulgada a través del Decreto Nº 1.772/08 del poder ejecutivo provincial con la rúbrica del gobernador Mario Das Neves y el ministro coordinador de Gabinete Pablo Korn, y establece como autoridad de aplicación a la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut.


La Ley Provincial Nº 5.830, aprobada por la legislatura del Chubut, establece en su artículo 3 que todos los municipios chubutenses que pretendan ejercer la facultad la facultad de control y vigilancia previstos en la Ley Nacional de Defensa del Consumidor deberán adherir al Capítulo III de dicha norma. El mismo subraya que la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut se reserva la facultad de juzgamiento de las infracciones que se sometan a tratamiento de la citada Ley Nacional.

Breve reseña

El 12 de diciembre 2008, la legislatura de la provincia del Chubut sancionó con fuerza de ley la adhesión a la ley Nº 26.361 que reforma la ley Nº 24.240 que se encuentra vigente a nivel nacional en materia de Defensa del Consumidor. El acto legislativo fue acompañado por la promulgación del decreto Nº 1.772 del poder ejecutivo provincial con la rúbrica del gobernador Mario Das Neves y el ministro coordinador de Gabinete Pablo Korn con fecha del 30 de diciembre del pasado año.

La sanción de la ley provincial Nº 5.830 establece como autoridad de aplicación a la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios, dependiente de la Secretaría de Trabajo de la provincia del Chubut. Sumándose de esta manera a la ley provincial Nº 4.219 sobre defensa del consumidor que fuera sancionada el 22 de octubre de 1996.

Dicho organismo del Estado provincial se encuentra avalado para intervenir en el control, vigencia y resolución de todos los conflictos que sucedan, de oficio o a petición de parte, por las leyes nacionales y provinciales vigentes en materia de defensa del consumidor y sus respectivos decretos reglamentarios.

En un artículo aparte, el número tres de la nueva ley provincial, la legislatura chubutense establece la modificación del artículo 3 de la ley provincial Nº 4.219.

Dicha modificación hace referencia a la facultad de control y vigencia de las disposiciones de la ley nacional Nº 24.240 y su modificatoria Nº 26.361 para los municipios chubutenses que en forma expresa adhieran a las disposiciones de la nueva ley provincial.

Por otra parte, el mismo artículo afirma que los municipios deberán adherir expresamente al Capítulo III de la ley provincial Nº 5.830.

El mismo subraya que sólo la autoridad de aplicación provincial se reserva la facultad de juzgamiento de las infracciones que se sometan a tratamiento de la citada ley nacional, además de actuar en forma concurrente con los municipios en el ejercicio de las facultades de control y vigilancia.

viernes, 26 de septiembre de 2008

Defensa del Consumidor en Esquel y Lago Puelo


Avanza el acuerdo entre la Provincia y los municipios de la comarca andina
Inminente apertura de oficinas de Defensa del Consumidor en Esquel y Lago Puelo

De la misma manera que ha venido sucediendo en otras localidades del Chubut, la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios provincial afirmó la inminente apertura de oficinas locales de Defensa del Consumidor en Esquel y Lago Puelo.

Esta medida es parte del plan acción que tiene definido el organismo provincial, con el objetivo de descentralizar y desarrollar un trabajo integral junto con los municipios en la defensa y protección de la población chubutense en relación al consumo.

El director general de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios, doctor Gustavo Monesterolo, señaló que “esta es una acción que estamos llevando adelante desde que asumimos nuestra gestión. Para nosotros es importante desarrollar un trabajo en red conjuntamente con los municipios, para poder otorgarles mayor poder a los ciudadanos chubutenses en la defensa de sus derechos como consumidores y usuarios, sin importar el lugar donde se encuentren”.

Actitudes irresponsables

Por otra parte, el director general de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut, alertó a la población de la comarca andina, “sobre la acción de funcionarios de otras provincias que apoyándose en las necesidades de los damnificados, intentan tomar atribuciones que no les corresponde. Vulnerando de esta manera la jurisdicción territorial del Chubut”.

El director general sostuvo que esta actitud “es de preocupación provincial por que induce al engaño de la población. Ningún funcionario de otra jurisdicción tiene facultades y autoridad para actuar de oficio, ya que la provincia del Chubut cuentan con los organismos pertinentes y una legislación provincial que los faculta de manera excluyente”.

Advirtió además que, “esa irresponsable actitud, pretendiendo actuar cuando se carece de la potestad jurisdiccional correspondiente, condena al fracaso todo trámite que se inicie en esos términos, provocando un perjuicio a los consumidores involucrados”.

Finalmente, el doctor Monesterolo, afirmó: “Los ciudadanos chubutenses que sintieron vulnerados sus derechos en la relación de consumo, pueden hacer las denuncias en sus municipios o a la línea gratuita de denuncias, 0800 – 999 – 7843, perteneciente a la Dirección General provincial”.

jueves, 18 de septiembre de 2008

Telefónica de Argentina sigue ganando

Fue en comparación al mismo periodo del año pasado
Telefónica de Argentina tuvo una ganancia de más del 90%

Lo informó la empresa en un documento enviado a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. Registró durante el primer semestre una ganancia neta de 172 millones de pesos. Sin embargo las denuncias por el mal servicio siguen efectuándose en todo el país.


Publicado en Diario Jornada del Chubut. Telefónica de Argentina registró una ganancia neta de 172 millones de pesos, en términos de pesos estadounidense son unos 56,2 millones de dólares, en el primer semestre de 2008. Lo que representa un incremento del 91,1% en comparación al mismo periodo del año pasado.Así lo señaló un comunicado que la empresa envió a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, Telefónica contaba con un patrimonio neto de 2.373 millones pesos, unos 775,5 millones de dólares al 30 de junio.Al término del primer semestre, la compañía registraba 14,1 millones de líneas de telefonía móvil (+14,9% interanual) y 966.404 usuarios de banda ancha (+46,7%).Cabe recordar que, entre enero y junio de 2007, Telefónica había logrado una ganancia de 90 millones de pesos (29,4 millones de dólares). Al cierre del ejercicio del año pasado, la empresa registró un beneficio de 72 millones de pesos (23,5 millones de dólares), una cifra que fue un 67,5% menor a la lograda en 2006.

La pérdida del usuario

Sin embargo, las denuncias de los consumidores y usuarios en el servicio tanto de telefonía como de Internet, siguen creciendo sin encontrarle una solución al respecto. La Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios provincial varias veces emitió un comunicado que fue registrado por los medios locales sobre el mal servicio de Speedy y telefonía celular. A nivel nacional sucede lo mismo. Esto se puede registrar en las distintas páginas web y blog que existen el ciberespacio. Hasta existe una página denominada www.speedyapesta.com.ar, un dato como para demostrar la magnitud del tema. A pesar de todo esta problemática y de reclamos de diputados nacionales, todavía nadie le pudo poner el cascabel al gato.

miércoles, 10 de septiembre de 2008

Multas a grandes supermercados

Fue en Comodoro Rivadavia y Trelew
Sanciones a importantes cadenas
de Supermercados del Chubut

Cadenas de supermercados líderes en Chubut fueron sancionadas con multas en un valor importante que roza los miles de pesos por incumplimiento a la ley 24.240 de defensa del consumidor. Los expedientes tienen fecha del 31 de julio de 2008.

La sanciones se realizaron durante las denominadas “inspecciones integrales”, organizadas por la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut. Las mismas se desarrollaron en el mes de abril en diferentes ciudades de la provincia. Durante las inspecciones los funcionarios actuantes detectaron diferentes incumplimientos a la ley de defensa del consumidor Nº 24.240.
Las sanciones figuran en expedientes administrativos y ya fueron notificadas a las diferentes empresas supermercadistas.

Uno de los casos se registró en una sucursal del supermercado “La Anónima”, una centenaria cadena de supermercados de la Patagonia. Se realizó la inspección el día 10 de abril del corriente año en una de sus sucursales en Comodoro Rivadavia.
En dicha inspección se observaron y quedó plenamente demostrado que existían en góndola, productos para consumo humano “sin fecha de vencimiento”, paquetes “con fuertes signos de adulteración”, y “adulteración en la fecha de elaboración” conteniendo un origen distinto al del fabricante, distribuidor o proveedor de los productos intervenidos. Es decir que la firma incorporó un origen como propio siendo los mismos de naturaleza y comercialización de fábricas o productoras diferentes, (comercialización de productos precocidos).

Se constataron productos perecederos como: Hígados, tripa gorda, chinchulines, mondongo, lengua, corazón, buseca, seso, rabo, mollejas, hamburguesas y filete de merluza.
Por consiguiente y en virtud de no existir elementos que desvirtúen las constancias recolectadas por la inspección quedó fehacientemente acreditada infracción al artículo 4º y 5º de la ley 24.240 de defensa del consumidor. Por tal motivo se sancionó a la empresa tomando en consideración los artículos 47 y 49 de la ley 24.240.

Finalmente la Dirección General de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de la provincia del Chubut sanciona a dicha sucursal de Comodoro Rivadavia con una multa de 30.000 pesos.
Como validación del monto se consideró los antecedentes de la firma, su posición en el mercado, la potencialidad de producir daño a la salud de sus consumidores, así como también la cantidad de productos involucrados, en un todo de acuerdo con los parámetros de referencia establecidos por el artículo 49 de la ley 24.240.
Quedó registrado en el expediente Nº 1362-STR- Año 2008.

Por otra parte, la sucursal de la cadena de supermercados Carrefour, que está ubicada en una esquina céntrica de la ciudad de Trelew fue inspeccionada el 22 de abril de 2008 durante las “inspecciones Integrales”, desarrolladas por la Dirección General de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de la provincia del Chubut.
Allí se constató infracciones a los artículos 4, 5 y10 bis de la ley Nº 24.240.
Existiendo productos en góndola para el consumo humano: “sin exhibición de precios, fecha de vencimiento dudosa y productos sin fecha de vencimiento”. Los productos registrados fuero partas frescas, paquetes de azúcar y tostadas de glúten.

Por consiguiente y en virtud de no existir elementos que desvirtúen las constancias recolectadas por la inspección quedó fehacientemente acreditada infracción al artículo 4º y 5º y 10 bis de la ley 24.240 de defensa del consumidor. Por tal motivo se sancionó a la empresa tomando en consideración los artículos 47 y 49 de la ley 24.240.
La empresa de supermercados negó rotundamente todos los cargos y adujo con sorpresa que “no ha habido queja alguna por parte de los clientes”, por la falta de precios de la mercadería expuesta en góndola. Recargando de esta manera toda responsabilidad a los consumidores de dicha firma.

Finalmente la Dirección General de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de la provincia del Chubut sancionó a dicha empresa supermercadista con una multa de 20.000 pesos. Como validación del monto se consideró los antecedentes de la firma, su posición en el mercado, la potencialidad de producir daño a la salud de sus consumidores, así como
también la cantidad de productos involucrados, en un todo de acuerdo con los parámetros de referencia establecidos por el artículo 49 de la ley 24.240.
Quedó registrado en el expediente Nº 1431-STR- Año 2008.

El director general de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut, Gustavo Monesterolo (ver foto) manifestó que, "Nosotros estamos dispuestos a realizar un estricto control de toda la normativa vigente que rige el funcionamiento en lo comercial. Es por eso que se realizaron estas inspecciones integrales para la verificación de diferentes condiciones en los establecimientos comerciales", señaló el funcionario y enumeró: "En primer lugar verificar que se exhiban los precios como corresponde. En segundo lugar verificar que el precio en góndola se corresponda luego con el precio que se marca en el escaneo en la línea de cajas. Pero además, se está haciendo controles de bromatología ya que hubo denuncias en diferentes localidades por productos a la venta con caducidad en la fecha de vencimiento".

¿Qué son las inspecciones integrales?

Ante la suba indiscriminada de precios que en forma arbitraria se produjo, durante y en mayor medida después, del Lock Out realizado por los productores del campo, llevó al gobierno de la provincia del Chubut a tomar mediadas urgentes con el fin de defender los derechos de los habitantes de la provincia.
Fue así, que la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut elaboró una estrategia de acción cuyo objetivo principal fue el control de las grandes cadenas de supermercados, supermercados medianos y autoservicios en las ciudades más importantes de la provincia.
Este control que la Dirección General ha denominado "Inspecciones Integrales" consta de un operativo conjunto realizado por diferentes organismos provinciales y municipales.

El operativo se desarrolló en Rawson, Trelew, Puerto Madryn y Comodoro Rivadavia. En el mismo intervinieron la Dirección General de Renta que controlaron todo el tema impositivo; Comercio Interior, efectuó el control del cumplimiento de la Ley de Defensa de la Competencia y Ley de Abastecimiento; Secretaría de Trabajo, investigó sobre el trabajo no registrado y la Municipalidad que realizó los controles de habilitación comercial y bromatología. A partir de este trabajo mancomunado para desarrollar estrategias de acción, Gustavo Monesterolo (Ver foto), director general de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut señaló que, “desde la dirección queremos incorporar un concepto superador que es la protección integral de los derechos del consumidor, por eso es importante la articulación con diferentes áreade del estado provincial y municipal”.

Resultados

Desde un primer momento era sabido que ninguno de estos organismos actuantes no podían incidir directamente para que se produzca la baja en los precios de los productos en góndola. Pero sí, los organismos pertinentes pueden realizar un estricto control de toda la normativa vigente que rige el funcionamiento en lo comercial. Por tal motivo, la metodología de acción fue mediante un operativo sorpresivo a los comercios en cuestión y el resultado, según los funcionarios, fue altamente positivo.

En primer lugar, fue la buena recepción de esta acción por parte de la población. Esto pudo registrarse mediante la cobertura que realizaron los medios, no bien se enteraron de este operativo y de las llamadas a los medios de comunicación de los ciudadanos felicitando por la acción, más precisamente en emisoras radiales.

En segundo lugar, la interacción que hubo entre los organismos provinciales y locales. Este operativo sirvió de ejemplo para demostrar que se puede realizar acciones conjuntas de forma concreta y eficaz.
Por último, la sorpresa que causó en los responsables de los comercios supervisados. Produciendo respuestas dispares ante la presencia de los inspectores y directivos que realizaban el operativo.

Educación y Promoción

Pertenecen a la Escuela Nº 752 ex Comercio de la capital chubutense

Visitas de estudiantes Secundarios de Rawson

La Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios de la provincia del Chubut recibió la visita de los alumnos del polimodal de la Escuela Nº 752 (ex Comercio) de Rawson.

Los estudiantes son de 1º 1º; 1º 2º; 1º 3º; 2º 1º; y 2º 2º con orientación en Economía y fueron acompañados por la profesora Claudia Guzmán.
Una empleada de la oficina actuó de guía, indicándoles los pasos y procedimientos ante un reclamo del consumidor damnificado.
Fue así, que se los asesoró sobre la ley de defensa del consumidor, y sus modificaciones. Además, se les informó sobre la aplicación de la ley a nivel provincial y los artículos de la Constitución Nacional donde se contempla los derechos de los consumidores. Por su parte los alumnos consultaron sobre el procedimiento de la recepción de reclamos y sus posteriores pasos administrativos.

Luego, la comitiva estudiantil conoció las demás oficinas de la dependencia y entablaron una charla amena con el doctor Gustavo Monesterolo, director general de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios provincia l(Foto: el segundo a la derecha) .

Finalmente, y con el permiso de las partes intervenientes en el conflicto, los alumnos pudieron presenciar una audiencia conciliatoria que estuvo a cargo del doctor Marcelo Ochoa Alsina, director de Defensa del Consumidor.

Claudia Guzmán es profesora de Economía, y se desarrolla en varios espacios como Administración, tecnología de gestión. Los alumnos están realizando un Trayecto Técnico Profesional en Gestión Organizacional y en el cual se profundiza en Gestión de Clientes.
“El objetivo de la visita es que los alumnos conozcan el organismo, cómo funciona, cómo está organizado, de quién depende y cuales son las funciones del organismo.
Además, para que ellos a fin de año, cuando los chicos hacen la simulación de compra y venta en la jornada contable, puedan simular ser el organismo de defensoría del consumidor”. Por último la docente manifestó que, “fue muy cálida la atención, tenían toda la información a nuestra disposición, y nos vamos satisfechos, llevamos muchos materiales para que los estudiantes puedan trabajar en el aula”.

Los Estudiantes

1º 1º: Matías Acosta, Matías Lupia, Carlos Bravo, Daiana Toro.
1º 2º: Yohana Cáceres, Alejandro Fermín. 1º 3º: Fabiola Herrera, Tamara Vázquez, Ezequiel Ruarte, Sergio Ordóñez, Laura Fermín.
2º 1º: Belén Galdamez, Ricardo Mayo.
2º 2º: Karen Esmain, Silvana Nancufil, Liliana Painemí.
Profesora: Claudia Guzmán

jueves, 7 de agosto de 2008

En defensa de los consumidores y usuarios

Denuncias y Reclamos en Defensa del Consumidor

Descripción General

Desde la Dirección General de Defensa de Consumidores y Usuarios de la provincia del Chubut se proporciona información sobre Derechos del Consumidor a toda persona interesada que lo solicite. Además, recibe los reclamos y denuncias que los consumidores realicen cuando éstos entiendan que sus derechos han sido vulnerados.

¿Cuáles son los Derechos de los Consumidores?

la promoción y protección de la salud
la seguridad
la protección de los intereses económicos del ciudadano
efectuar elecciones inteligentes cuando adquiera productos o contrate servicios.
recibir información que permita concretar esas elecciones.

Hacer valer los derechos ya se en forma personal o a través de Asociaciones de Consumidores.
Educación y Capacitación.
Por otra parte, ante la tercerización de muchos de los servicios públicos que antes ofrecía el Estado, fue necesario garantizar una interacción justa entre empresas y usuarios. Para ello se han previsto instrumentos legales y organismos orientados a proteger los derechos de los usuarios.

Derechos Constitucionales

La Constitución Nacional, en su reforma de 1994, incorporó en el Artículo 42 los derechos de los consumidores. Allí se define al conjunto de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, tanto públicos como privados, como un grupo merecedor de derechos con relación al consumo.En este sentido, enumera derechos para los consumidores, impone condiciones del lado de la oferta para la provisión de bienes y servicios, y ordena la creación de instituciones y marcos regulatorios que estimulen la eficaz defensa de esos derechos.

Algunos de ellos son: protección de la salud, protección de los intereses económicos de los consumidores, derecho a la información completa y veraz, a la libertad de elección, a condiciones de trato equitativo y digno y a la educación para el consumo.En este aspecto, el Estado debe defender la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, controlar los monopolios naturales y legales y asegurar la calidad y eficiencia de los servicios públicos nacionales. También se estipula la creación de marcos regulatorios para los servicios públicos nacionales y procedimentales, para la prevención y solución de conflictos, que deben incluir la participación de asociaciones de consumidores y usuarios en los organismos de control.

Leyes Sancionadas por el Congreso Nacional

Ley de Defensa del Consumidor (Nº 24240): es una de las más relevantes en la protección de consumidores y usuarios. En ella se define qué es un consumidor o usuario y a qué información tiene derecho, impone condiciones para la oferta y la venta de ciertos productos y servicios e incluso establece los requisitos de garantías de algunos productos y/o servicios. Impone además condiciones según el tipo de producto o prestación.

En el caso de los servicios públicos domiciliarios (Artículos 25 al 31) establece que la ley es aplicable, sólo supletoriamente, a la legislación específica que controla los entes reguladores de cada sector. En 2008, el Congreso modificó la Ley de Defensa del Consumidor e incorporó nuevos instrumentos para multar a empresas fabricantes o comerciantes cuando perjudiquen a consumidores de productos de hasta $ 3000. La multa por infracción a la Ley puede llegar desde $500 hasta los $ 5 millones. La nueva normativa también obliga a las oficinas de Defensa de la Competencia de todo el país a defender a los consumidores de manera gratuita.

En la provincia del Chubut se creó mediante disposición N° 006/08 el Registro Provincial de Infractores a la Ley N° 24240Ley de Defensa de la Competencia (Nº 25156) regula los mercados y los servicios públicos. Establece cuáles son los acuerdos y prácticas prohibidas para las empresas, qué se considera posición dominante, cuáles son los requisitos para la formación de concentraciones y fusiones y crea el Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia. Se trata de un organismo autárquico, dependiente del Ministerio de Economía, cuyo fin es aplicar y controlar el cumplimiento de la ley. Entre sus funciones se encuentran la de organizar el Registro Nacional de la Competencia, promover e instar acciones ante la Justicia, propiciar soluciones consensuadas entre las partes, suscribir convenios con asociaciones de usuarios y consumidores para la promoción de la participación de las asociaciones de la comunidad en la defensa de la competencia y la transparencia de los mercados y llamar a audiencias públicas, entre otras.

Asociaciones de Consumidores

Cumplen una función social relevante, al velar por los derechos de los usuarios y fomentar su participación en los procesos de intercambio de bienes y servicios. El Estado las reconoce y les asigna la función de defender, informar y educar al consumidor. Se puede acudir a ellas, tanto para iniciar alguna acción conjunta como para obtener información y orientación.

Si desea obtener datos sobre las distintas asociaciones registradas por provincia o acerca de los requisitos necesarios para conformarlas, consulte con la Dirección General de Defensa de Consumidores y Usuarios de la provincia del Chubut.
Las Asociaciones de Consumidores deberán cumplir para su inscripción en la provincia del Chubut con las disposiciones 057/99 y 130/00.

Puntos básicos a tener en cuenta:

· Sus derechos como consumidor están amparados por el Art. 42 de la Constitución Nacional y por la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor. Conózcalos para hacerlos valer.

· Usted tiene derecho a una información veraz, completa y adecuada de los bienes y servicios que se ofrecen. Recuerde, la publicidad obliga al anunciante a cumplir con lo ofrecido.

· Compre en los comercios que exhiben sus precios, así podrá comparar y hacer la mejor elección.

· Solicite siempre las facturas de las compras que realiza. Las necesitará en caso de denuncia o reclamo.

· Al dejar una seña, solicite un recibo: también lo necesitará.

· Antes de firmar un contrato lea detenidamente todas sus cláusulas. No firme documentos que no entienda y/o con espacios en blanco.

· Pida varios presupuestos antes de contratar servicios de reparaciones, compare y elija la mejor propuesta.

· Solicite siempre comprobantes de las operaciones que realice, las necesitará en caso de denuncia o reclamo.

· Usted debe exigir que todo documento de venta contenga: la identificación del proveedor; la identificación del bien o del servicio; el plazo y las condiciones de la entrega, el precio y las condiciones de pago.

· Rechace los productos que no estén identificados correctamente, es decir, los que en su rótulo no tengan marca, origen, firma responsable, composición, cantidad, calidad, fecha de elaboración y vencimiento e instrucciones de uso.

· Si le ofrecen un plan de ahorro y le prometen la entrega inmediata de un bien o de dinero, sin sorteo ni licitación, desconfíe: ningún plan debidamente autorizado puede asegurar su entrega en esas condiciones.

· Las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios están obligadas a informar por escrito sobre las condiciones del servicio que prestan.