miércoles, 28 de enero de 2009

El consumidor y usuario ahora puede

Resarcimiento económico para consumidores y usuarios del Chubut
Ahora se podrá cobrar más de 5.000 pesos por daño directo

Unos de los beneficios que tienen los consumidores y usuarios del Chubut al momento de sancionada la Ley provincial Nº 5.830 de adhesión a la reforma de la ley Nacional Nº 24.240 de defensa del consumidor, es que la provincia del Chubut puede imponer a una empresa o firma comercial un resarcimiento económico a favor del consumidor en un monto no mayor a 5.400 pesos aproximadamente.

Este resarcimiento que equivale a cinco canastas básicas, según las mediciones del INDEC, se imputa cuando las empresas o firmas comerciales incurren en la violación del contrato que se establece en la relación de consumo entre el proveedor del producto y el consumidor o usuario del mismo.
Estos daños y perjuicios ocasionados por la mala práctica comercial le brindan la posibilidad al ciudadano perjudicado de exigir una, “indemnización por daño directo”.

Desde la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut se observa como un avance más hacia la defensa del ciudadano. “Es una unidad de acción entre el poder ejecutivo y el poder legislativo del Chubut en defensa del bolsillo del habitante de la provincia, como de aquellos que ocasionalmente vengan a visitar sus maravillas turísticas”, señaló Gustavo Monesterolo, director general de dicha cartera provincial (ver foto).


Breves conceptos

Antes, cuando una persona compraba un producto o contrataba un servicio y la empresa o firma comercial incurría en sus formas en una violación del contrato establecidas por la relación de consumo, podía iniciar un reclamo ante la oficina de Defensa del Consumidor. El organismo llamaba a una o más audiencias de conciliación para lograr un acuerdo entre las partes, y si no se llegaba a un acuerdo se le aplicaba una multa a la empresa.

Dicha sanción quedaba en poder de la provincia y el consumidor no obtenía nada de dicha operación. Si pretendía un resarcimiento por daños y perjuicios debía iniciar un juicio en lo civil y comercial. Tramite pesado, largo y que no siempre se justificaba, si el monto requerido por parte del damnificado resultaba bajo.

Con la sanción de la ley provincial el ciudadano puede pedir un resarcimiento económico no mayor al equivalente a cinco canastas básicas, y se aplicará dentro de la esfera de la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut. Si el resarcimiento superara dicho valor, entonces sí, habrá que recurrir por vía judicial.

Cómo es el trámite

El ciudadano que se sienta perjudicado deberá dirigirse a cualquier oficina de Defensa del Consumidor y presentar una nota con los datos personales, el nombre y apellido o denominación social y domicilio del denunciado, y un relato escrito sobre el cómo se produjo el daño o perjuicio.

Luego, adjuntar boletas u otros documentos de la compra o contratación que se denuncia y especificar que se pide el resarcimiento por daño directo, el monto reclamado y la justificación, con las pruebas que se tengan a mano, por ejemplo: el ticket de las fotocopias o las Cartas Documento que se hayan usado.

Finalmente, la oficina de Defensa del Consumidor abrirá un expediente y llamará a audiencias de conciliación. Si esta no resuelve la conciliación, el trámite pasará a la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios provincial quien, en última instancia, definirá si corresponde o no aplicar la indemnización y el monto de la misma.

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